¿En qué consiste la Liquidación Voluntaria para Personas?
La Liquidación Voluntaria (conocida comúnmente como quiebra personal) es un procedimiento judicial y un derecho consagrado en la ley, diseñado para que personas naturales que se encuentran en una situación de sobreendeudamiento irreversible puedan entregar sus bienes, saldar lo que sea posible y lograr la extinción legal del resto de sus deudas.
Regulado en el artículo 273 de la Ley N° 20.720, este procedimiento te permite, con el patrocinio de un abogado, solicitar tu propia liquidación voluntaria al tribunal. Es el camino legal, transparente y definitivo para poner fin a una crisis financiera insostenible.
En Quiebra Inteligente, sabemos que el estrés de las deudas afecta tu calidad de vida y la de tu familia. Por eso, utilizamos tecnología para agilizar la recopilación de tus antecedentes y la redacción de tu solicitud, haciendo que este difícil paso sea lo más rápido, claro y aliviador posible.
Principales Ventajas y Beneficios
Declararse en quiebra como persona natural no es el fin del mundo; es una herramienta legal de protección que te entrega la oportunidad de un nuevo comienzo.
Extinción total de los saldos insolutos
Una vez que entregas tus bienes embargables al Liquidador y el tribunal dicta el término del procedimiento, todas tus deudas anteriores se extinguen legalmente, sin importar si el dinero alcanzó o no para pagarle a todos tus acreedores.
Art. 255 · Ley N° 20.720Fin inmediato al acoso de cobranza
Al iniciarse el proceso, la administración de tu patrimonio pasa al Liquidador. Esto significa que puedes solicitar el cese definitivo de las angustiantes llamadas telefónicas, correos y cartas de cobranza de bancos, retail o casas comerciales.
Paralización de demandas y embargos
La Resolución de Liquidación detiene cualquier juicio de cobro o embargo en tu contra. Ya no tendrás que vivir con el miedo a que un receptor judicial golpee tu puerta.
Rehabilitación financiera y eliminación de Dicom
Al extinguirse tus deudas por ley, tienes el derecho a exigir la eliminación de tus antecedentes comerciales negativos. Vuelves a ser un sujeto de crédito sano para el sistema financiero, listo para empezar de cero.
¿A quién está dirigido?
Este procedimiento aplica a toda "Persona Deudora" según el artículo 2, numeral 25 de la Ley N° 20.720, es decir, cualquier persona natural no considerada "Empresa Deudora". Incluye a:
Trabajadores dependientes
Con contrato de trabajo, sujetos al impuesto de Segunda Categoría.
Jubilados y pensionados
Personas que reciben pensión como fuente principal de ingresos.
Estudiantes, dueñas de casa y personas sin actividad tributaria
En general, cualquier persona natural que no tribute en Primera Categoría.
Profesionales independientes
Personas naturales que emiten boletas de honorarios.
Procedimiento
¿Cómo funciona la Liquidación Voluntaria de Persona paso a paso?
La Ley N° 20.720 establece un procedimiento claro para que una persona natural pueda extinguir sus deudas legalmente. Entender cada etapa permite prepararse correctamente y reducir la incertidumbre durante el proceso.
Diagnóstico y preparación del caso
Antes de iniciar el proceso, nuestros abogados realizan un análisis patrimonial completo: identificamos los bienes embargables e inembargables, calculamos el total del pasivo con cada acreedor y evaluamos si la liquidación voluntaria es la mejor estrategia o si existe otra alternativa más conveniente. Este paso es gratuito y sin compromiso.
Presentación ante el tribunal y Resolución de Liquidación
Se presenta la solicitud ante el tribunal competente acompañada de la documentación requerida por la ley: inventario de bienes, nómina de acreedores y antecedentes financieros. El tribunal dicta la Resolución de Liquidación, que suspende inmediatamente todos los juicios ejecutivos y embargos vigentes contra el deudor.
Administración del Liquidador y realización de bienes
Un Liquidador designado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR) asume la administración de los bienes embargables del deudor. Solo ingresan al proceso los bienes embargables, quedando los bienes inembargables protegidos y fuera del alcance de los acreedores.
Extinción de deudas y rehabilitación financiera
Al término del proceso, las deudas no cubiertas se extinguen por el solo ministerio de la ley. Los acreedores deben eliminar las anotaciones del Boletín Comercial (Dicom). El deudor queda rehabilitado financieramente y puede volver a acceder a créditos, arrendar propiedades y operar con normalidad. Es un punto de partida real, no una promesa.
Diagnóstico
¿Cuándo es el momento de considerar la liquidación voluntaria?
No hay que esperar a estar en el peor momento para actuar. Estas señales indican que puede ser el momento de evaluar este procedimiento:
Deudas que superan tu capacidad de pago
El total de tus deudas es significativamente mayor a tus ingresos y no ves una salida razonable en el corto plazo.
Notificaciones judiciales o embargos
Has recibido notificaciones de juicios ejecutivos, te han trabado embargos o estás siendo contactado por empresas de cobranza judicial.
Inhabilitación por Dicom
Tu historial en el Boletín Comercial te impide acceder a créditos, arrendar una propiedad o participar en licitaciones.
Estrés financiero sostenido
La situación de deuda afecta tu calidad de vida, tu trabajo y tus relaciones personales desde hace meses o años.
Recuerda: la liquidación voluntaria no es un fracaso — es una herramienta legal diseñada exactamente para esta situación. Miles de personas en Chile la han utilizado para volver a empezar. Nuestro diagnóstico inicial es gratuito y confidencial.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
Es un procedimiento concursal que permite a una persona natural extinguir legalmente sus deudas cuando no puede pagarlas. El tribunal nombra a un Liquidador que administra y realiza los bienes embargables del deudor para pagar a los acreedores. Las deudas no cubiertas se extinguen por el solo ministerio de la ley, dando al deudor un verdadero punto de partida limpio.
Solo los bienes embargables. La ley protege expresamente algunos bienes a los que les da la calidad de inembargables y que no ingresan al proceso de liquidación. Nuestros abogados hacen un análisis patrimonial detallado antes de iniciar el proceso para que sepas exactamente qué activos están protegidos.
Sí. Una vez completado el proceso, las deudas se extinguen y los acreedores están obligados a eliminar las anotaciones del Boletín Comercial (Dicom). Esto permite al deudor rehabilitarse financieramente y acceder nuevamente a créditos, arriendos y otras actividades que requieren un historial comercial limpio.
El proceso puede durar entre 12 y 18 meses dependiendo de la complejidad patrimonial, el número de acreedores y la colaboración del deudor. Durante todo el proceso, Quiebra Inteligente acompaña y gestiona cada etapa para minimizar los tiempos y reducir el impacto en la vida cotidiana del cliente.
Nuestro Enfoque: Tu Tranquilidad, Optimizada
El papeleo judicial puede ser abrumador. En Quiebra Inteligente transformamos un proceso complejo en una experiencia guiada y transparente. Sistematizamos la elaboración de tu lista de bienes y la nómina de tus acreedores mediante formularios digitales sencillos. Optimizamos nuestro tiempo con tecnología para dedicarnos a lo que realmente importa: acompañarte legalmente y defender tus derechos en cada etapa del tribunal.
¿Listo para un
nuevo comienzo?
Agenda una consulta gratuita y confidencial. Evaluamos tu caso y te explicamos cada paso del proceso.
